Invitado: Sr. Gonzalo Acuña, copropietario de una unidad en las famosas torres de Donizetti (Villa Luro) y socio fundador de Aguerrido Consorcista.
Tema: Análisis del seguro ambiental, la Ley 3.254 que modificó la Ley 941 que creó un Registro Público de Administradores en la CABA y otros temas de interés consorcial.
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Estmado Claudio:
ResponderEliminarEn principio, las torres Donizetti estan en Villa Luro (Capita)y se trató de un conjunto habitacional tipo MONSTRUO iniciado por el sindicato de empleados de comercio y paralizado por muchos años.
La experiencia sufrida por el señor Acuña como de todos los copropietarios ha sido sumamente traumatica, pasando por administraciones judiciales.
Si los integrantes de los consorcios tuvieran un grupo de propietarios que decidieran integrar el Consejo de Propietarios y colaboraran y controlaran a la administracion no seria necesario que el Estado interviniera burocraticamente en la actividad.
Me gustó la opinion del señor Acuña en relación a la nueva Ley, al Registro y a los seguros.
Abrevaya lo consultó al redactar la Ley?
Un abrazo, Alfredo
Gracias Alfredo... Ya corregimos el tema de Villa Luro...
ResponderEliminarEstimado Claudio,
ResponderEliminarantes que nada, muchas gracias por haberme invitado a participar de Derecho de Piso.
Ademas de lo placentero de la experiencia que pude compartir con mi hija Camila, registre muy claramente el honor de ser el primer consorcista que se sentaba ante ese micrófono.
También, que por la vorágine de la conversación, tan amena como siempre y tan diestramente llevada por tu conducción, hubo momentos en los que me quede con las ganas de tener mejores habilidades para expresarme, para poner en evidencia mi pensamiento.
Por caso, cuando hablamos del tema del Seguro de Caucion Ambiental vos dabas el ejemplo del garaje del típico edificio, donde puede haber algún derrame accidental de aceite o combustible o quizás incluso la situación mayor de un incendio, con su derrame de combustible, lo que sea.
Yo asentí a que eso era un caso que valía la pena ser tenido en cuenta, evaluado como posible riesgo ambiental.
Pero me quede con una alarma sonandome en la cabeza. Y releyendo la Ley 123 de la Ciudad de Buenos Aires que define cuales son las entidades capaces de producir daño ambiental con relevante efecto, veo -por supuesto- que los Consorcios no están allí definidos como tales.
Pero NO SOLO los Consorcios no lo estan! Tampoco están incluidos los talleres mecánicos donde se abren motores y cajas y el suelo esta resbaloso de tanto petroleo transformado incorporado al piso. Y ese es el caso mas pequeño.
No quiero dejar de mencionar que tampoco están incluidos aquellos establecimientos que en la zona de Mataderos manufacturan achuras o similares... en el saber popular de los vecinos se Mataderos se cuentan terroríficas historias de sumideros tapados con vísceras, etc.
Me parece, estimado Claudio, que esta precisión es necesaria, porque es también lo que justifica y MOTIVA mi razonamiento de que el Estado debe "mojarse" las patas y hacer una evaluación in-situ de cada Consorcio para ver si JUSTIFICADAMENTE corresponde cubrir algo, aun cuando, tal como lo dije en su momento, el Consorcio seguirá estando allí, al menos hasta que su Asamblea vote su terminación.
Y por ultimo, no seria quizás bueno que el Estado que hoy nos manda alegremente (para el) a comprar un innecesario Seguro de Caución Ambiental (al que yo y muchos mas denominamos "UN CURRO") haga caso del refrán que dice "ves la paja en el ojo ajeno, pero no la viga en el propio"
Digo esto ultimo por aquello de..., como lo diré, bueno, la frontera hacia el Sur de la Ciudad esta formada por ese curso de aguas transparentes, cristalinas, potables y perfumadas que es el Riachuelo. . .
Entonces, si el Estado (la Ciudad) tiene ese enorme cáncer que es el Riachuelo, no tendría que empezar por allí y por las industrias y comercios, antes que por los cada vez mas empobrecidos Consorcios.
Te reitero mi agradecimiento y mis mas cordiales saludos.
Gonzalo Acuña